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Brasil
Qué establecen el Estatuto da Criança e do Adolescente y el Código Penal sobre posesión, distribución e imágenes íntimas.
Actualizado a · Normativa nacional
Qué contempla esta guía
Los delitos sobre material de violencia sexual contra niños y adolescentes se regulan en el Estatuto da Criança e do Adolescente (ECA). El artículo 241-E incluye determinadas representaciones reales o ficticias, también digitales o generadas con inteligencia artificial, según su contenido y contexto sexual. ECA, art. 241-E
Material sexual con personas menores de edad
Estas son las penas principales de los supuestos descritos. Las circunstancias del caso pueden modificar su aplicación.
| Conducta | Pena principal prevista |
|---|---|
| Adquirir, poseer, almacenar o solicitar Fotografías, videos u otros registros con contenido de violencia sexual contra niños o adolescentes. | 3 a 6 años de reclusión y multaECA, art. 241-B |
| Ofrecer, transmitir, distribuir o divulgar También comprende intercambiar, poner a disposición o publicar el material. | 4 a 10 años de reclusión y multaECA, art. 241-A |
| Producir o registrar Incluye reproducir, dirigir, fotografiar o filmar el contenido descrito en el artículo 240. | 4 a 10 años de reclusión y multaECA, art. 240 |
| Simular la participación mediante alteraciones El artículo 241-C contempla montajes o modificaciones de imagen o voz, incluido el uso de inteligencia artificial. | 3 a 5 años de reclusión y multaECA, art. 241-C |
Estas redacciones incorporan la Ley 15.487 de 2026, vigente desde su publicación el 7 de agosto de 2026. Ley 15.487/2026, arts. 2 y 7
El artículo 241-B, § 4, también sanciona acceder o visualizar ese material para satisfacer el deseo sexual propio o de otra persona. El § 1 prevé una reducción de un sexto a un tercio por pequeña cantidad; los §§ 2 y 3 establecen excepciones de comunicación a autoridades para sujetos específicos, no para cualquier persona que guarde archivos. ECA, art. 241-B
Imágenes íntimas sin autorización
El artículo 218-C del Código Penal contempla, entre otras conductas, difundir escenas de sexo, desnudez o pornografía sin el consentimiento de la víctima. La pena actual fue modificada por la Ley 15.280 de 2025. Código Penal, art. 218-C
| Conducta | Pena principal prevista |
|---|---|
| Ofrecer, transmitir, vender o divulgar sin consentimiento Incluye intercambiar, poner a disposición, distribuir o publicar. Se aplica esta escala si el hecho no constituye un delito más grave. | 4 a 10 años de reclusión y multaCódigo Penal, art. 218-C |
La pena aumenta de un tercio a dos tercios cuando el autor mantiene o mantuvo una relación íntima de afecto con la víctima, o actúa para vengarse o humillarla. El § 2 recoge excepciones específicas para publicaciones periodísticas, científicas, culturales o académicas que cumplan sus condiciones. Código Penal, art. 218-C
Dónde denunciar o pedir orientación
Disque 100 recibe comunicaciones sobre violaciones de derechos humanos, incluidas las que afectan a niños y adolescentes. El servicio oficial ofrece orientación y canales de denuncia. Dentro de Brasil, la llamada al 100 es gratuita y el servicio funciona todos los días, las 24 horas.
Consultar las fuentes oficiales
Orientación general sobre las normas citadas, no un dictamen sobre un caso. No reúne todas las figuras, excepciones ni sanciones accesorias. La fecha del hecho, la edad de las personas y otras circunstancias pueden cambiar la respuesta jurídica. Consulta asesoramiento local.