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Uruguay
Qué sancionan las normas uruguayas sobre material sexual de menores y difusión de imágenes íntimas sin autorización.
Actualizado a · Normativa nacional
Qué contempla esta guía
La Ley 17.815 protege a personas menores de edad y también a adultos que la norma denomina «incapaces». En el almacenamiento, el artículo 2 exige una finalidad de distribución o de consumo habitual; no describe cualquier recepción de un archivo. Ley 17.815, art. 2 (texto vigente)
Material sexual con personas menores de edad
Estas son las penas principales de los supuestos descritos. Las circunstancias del caso pueden modificar su aplicación.
| Conducta | Pena principal prevista |
|---|---|
| Producir o fabricar el material Material pornográfico que utilice a personas protegidas por la ley o su imagen. | 24 meses de prisión a 6 años de penitenciaríaLey 17.815, art. 1 |
| Difundir, distribuir o comercializar También comprende ofrecer, exhibir, importar o exportar ese material. | 12 meses de prisión a 4 años de penitenciaríaLey 17.815, art. 2 (texto vigente) |
| Almacenar con la finalidad que exige la ley Para distribuir el material o para su consumo habitual. | 12 meses de prisión a 4 años de penitenciaríaLey 17.815, art. 2 (texto vigente) |
El artículo 2 se presenta con su redacción modificada por la Ley 19.643 de 2018. La finalidad del almacenamiento forma parte de la descripción del delito. Ley 17.815, art. 2 (texto vigente)
Imágenes íntimas sin autorización
El artículo 92 de la Ley 19.580 protege frente a la difusión no autorizada de imágenes o grabaciones íntimas o sexuales. También se aplica aunque quien las difunde aparezca en ellas. Para este artículo, no es válida la autorización de una persona menor de 18 años. Ley 19.580, art. 92
| Conducta | Pena principal prevista |
|---|---|
| Difundir, revelar, exhibir o ceder a terceros Imágenes o grabaciones íntimas o sexuales de una persona, sin su autorización. | 6 meses de prisión a 2 años de penitenciaríaLey 19.580, art. 92 |
El artículo 93 aumenta la pena de un tercio a la mitad en los supuestos que enumera, entre ellos la obtención sin consentimiento, una relación de pareja actual o pasada, una víctima menor de edad o el propósito de obtener un beneficio económico. Ley 19.580, art. 93
Dónde denunciar o pedir orientación
Puedes denunciar en una seccional policial o en una sede penal de la Fiscalía. La Fiscalía informa que las denuncias ante ella son presenciales y requieren agenda previa; consulta los requisitos y la oficina correspondiente antes de acudir.
Consultar las fuentes oficiales
Orientación general sobre las normas citadas, no un dictamen sobre un caso. No reúne todas las figuras, excepciones ni sanciones accesorias. La fecha del hecho, la edad de las personas y otras circunstancias pueden cambiar la respuesta jurídica. Consulta asesoramiento local.